A través del decreto 847/2024 publicado esta mañana en el Boletín Oficial, el Gobierno estableció los cambios contemplados en el apartado laboral denominado «Modernización laboral» de la ley sancionada a fines de junio por el Congreso. A continuación las principales modificaciones:
- Condonación del 70% de la deuda por aportes y contribuciones patronales, que será del 90% para micro y pequeñas empresas, y del 80% para medianas.
- Eliminación del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), un listado público donde se podía acceder a estos datos.
- Reconocimiento de hasta 60 meses de servicio para los trabajadores, lo que permitirá alcanzar el mínimo de años requeridos para jubilarse.
- Para cualquier tipo de empresa, el período de prueba será de 6 meses.
- Se podrá ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores.
- Alcanzará a ser de 12 meses en empresas de hasta 5 trabajadores.
- Cancelación individual (actual): el pago es directo del empleador al trabajador, con la posibilidad de acordar plazos y modalidades de pago en distintos convenios colectivos.
- Sistema de Fondo de Cese: se hará con aportes mensuales que se acumularán para cubrir los pagos al finalizar la relación laboral. Este porcentaje será determinado en el convenio colectivo, y las cuentas estarán custodiadas por el Banco Nacional de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Sistema de Seguro de Cese: Los empleadores podrán contratar un seguro para cubrir el cese laboral con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Cada medida que toma el gobierno nacional es en perjuicio de los derechos de los trabajadores. Ahora es tiempo de ver cómo actúa la CGT, la cual pareciera no estar tan interesada en resolver este conflicto.


